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Cadena de custodia

Diseno Sin Titulo 30 Abogado

La cadena de custodia de una prueba se define como el procedimiento controlado que se aplica a los indicios materiales relacionados con el delito, desde su localización hasta su valoración por los encargados de su análisis, normalmente peritos, y que tiene fin no viciar el manejo que de ellos se haga y así evitar alteraciones, sustituciones, contaminaciones o destrucciones.

El objetivo principal de la cadena de suministros es, por lo tanto, garantizar que las evidencias o muestras no han sido alteradas en ninguna de las fases hasta que son analizadas. Por ello, la cadena de custodia debe ser un proceso estricto que se debe seguir en todo proceso de investigación, desde la recolección de los indicios hasta su conservación y entrega fiscalizada por los servicios de salud.

Desde la ubicación, fijación, recolección, embalaje y traslado de la evidencia en la escena del siniestro, hasta la presentación al debate, la cadena de custodia debe garantizar que el procedimiento empleado ha sido exitoso, y que la evidencia que se recolectó en la escena, es la misma que se está presentando ante el tribunal, o el analizado en el respectivo dictamen pericial.

Al recolectar las pruebas, lo importante es el significado, el valor que va a tener en el proceso de investigación y por medio de la cadena de custodia, este valor va a ser relevante, debido a que no se va a poder impugnar, al haberse acatado el procedimiento.

El procedimiento que se debe seguir en cuanto a la evidencia en la escena, y en todo proceso de investigación, es el siguiente:

  • Recolección adecuada de los indicios.
  • Conservación adecuada de los indicios.
  • Entrega fiscalizada por los servicios de salud.

Etapas de la cadena de custodia

Las etapas de la cadena de la custodia son las siguientes:

    1. Extracción o recolección de los indicios.
    2. Preservación y embalaje de la prueba.
    3. Transporte o traslado de la prueba.
    4. Traspaso de la misma, ya sea a los laboratorios para su análisis, o a las diferentes fiscalías para su custodia.
    5. Custodia y preservación final hasta que se realice el debate.

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