El Acuerdo sobre la Agricultura es uno de los 29 textos legales individuales incluidos en el Acta Final bajo el acuerdo que establece la OMC. Fue negociado en la Ronda Uruguay celebrada entre 1986 y 1994 y constituye un primer paso significativo para implantar una competencia más leal y lograr que este sector sufra menos distorsiones. Comprende los compromisos específicos contraídos por los gobiernos Miembros de la OMC para mejorar el acceso a los mercados y reducir las subvenciones con efectos de distorsión en la agricultura. Estos compromisos se aplican a lo largo de un período de seis años (diez años en el caso de los países en desarrollo) que comenzó en 1995.
El Acuerdo sobre la Agricultura de la OMC establece un marco para la reforma a largo plazo del comercio de productos agropecuarios y de las políticas nacionales en esa esfera, a fin de lograr una competencia más leal y menos distorsiones en el sector.
La finalidad del Acuerdo sobre la Agricultura es reformar el comercio del sector y lograr que las políticas estén más orientadas al mercado. Ello aumentaría la previsibilidad y la seguridad, tanto para los países importadores como para los exportadores.
Las normas y compromisos nuevos se aplican a:
- el acceso a los mercados — diversas restricciones comerciales que afectan a las importaciones
- la ayuda interna — subvenciones y otros programas, incluidos los que elevan o garantizan los precios al productor y los ingresos de los agricultores
- las subvenciones a la exportación y otros métodos utilizados para lograr artificialmente que las exportaciones sean competitivas.
El Acuerdo autoriza a los gobiernos a prestar ayuda a sus economías rurales, pero preferiblemente por medio de políticas que ocasionen menos distorsiones del comercio. También permite cierta flexibilidad en la forma de aplicar los compromisos. Los países en desarrollo no tienen que reducir sus subvenciones ni sus aranceles en la misma medida que los países desarrollados, y se les concede un plazo adicional para cumplir sus obligaciones. Los países menos adelantados no tienen que hacerlo en absoluto. Existen disposiciones especiales sobre los intereses de los países cuyo abastecimiento de alimentos depende de las importaciones y sobre las preocupaciones de las economías menos adelantadas.
Existen en el Acuerdo disposiciones de “paz” destinadas a reducir la probabilidad de que surjan diferencias o impugnaciones con respecto a las subvenciones agrícolas durante un período de nueve años hasta el final de 2003.
El Acuerdo de la OMC sobre la Agricultura busca establecer «un sistema de comercio agrícola equitativo y orientado al mercado» mediante normas aplicables a todos los miembros de la OMC a fin de reducir sustancial y gradualmente las ayudas y la protección de la agricultura. El Acuerdo, que forma parte de los resultados obtenidos en la Ronda Uruguay, supuso un paso decisivo hacia una mayor orientación al mercado de la agricultura mundial.
Además de las normas generales que se aplican a todos los miembros de la OMC, el Acuerdo lo completan «listas» de compromisos específicos de cada miembro: por ejemplo, sobre comercio agrícola y apoyo al sector, así como aranceles y contingentes arancelarios.
El Comité de Agricultura supervisa la aplicación de los compromisos derivados del Acuerdo. Todos los miembros de la OMC están representados en el Comité y pueden consultarse mutuamente sobre la aplicación del Acuerdo. Los miembros notifican su aplicación de los compromisos y responden a las preguntas de los demás. Revisar las notificaciones forma parte de la responsabilidad fundamental del Comité de supervisar el cumplimiento de los compromisos por parte de los miembros.
Para leer el texto íntegro del acuerdo de clic aquí.
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