La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció el criterio de que en materia comercial en el que rige el principio de la libertad probatoria, las facturas representan un mayor afianzamiento cuando son recibidas y aceptadas la parte a quien se le oponen.
En consonancia con lo expuesto, la indicada Sala mediante Sentencia núm. SCJ-PS-22-0057 de fecha 31 de enero de 2022, tuvo a bien anular la sentencia de la corte de apelación, por incurrir en desnaturalización de la documentación aportada al debate relativo a las facturas que constituían las piezas probatorias para determinar el crédito adeudado por la demandada primigenia.
La decisión fue adoptada por los magistrados Pilar Jiménez Ortiz, quien preside la Sala Civil, Justiniano Montero Montero, Vanessa Acosta Peralta y Napoleón Estévez Lavandier.
Para más información de la consulte la Sentencia núm. SCJ-PS-22-0057.
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