La retención del ISR aplicable a las personas físicas por prestación de servicios es de un 10%, en caso de que el servicio prestado sea considerado no personal (fumigación, limpieza, reparaciones eléctricas y mecánicas, albañilería, carpintería, pintura, ebanistería y plomería), esta retención se hará en base a una renta neta presunta del 20% del valor bruto pagado, de manera que la retención resultará del un 2% de dicho monto.
En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de Procedimiento Civil y Derecho Común. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso llámanos al 829 256 6865 o escríbenos a info@fc-abogados.com, También si deseas puedes chatear con nosotros aquí.
