Antecedentes
La idea de supremacía constitucional encuentra sus orígenes casi a la par del nacimiento del control de constitucionalidad; primero, la idea queda consagrada en la constitución norteamericana de 1787, y posteriormente se refuerza con la resolución del juez John Marshall para el caso Marbury versus Madison. Éste, y el caso del doctor Bonham resuelto por el juez inglés sir Edward Coke el siglo anterior, son considerados las bases primigenias del control de constitucionalidad, y por ende de la consolidación de la supremacía constitucional.
Supremacía constitucional
La supremacía constitucional es un principio de Derecho constitucional que esboza, originalmente, situar la Constitución de un país jerárquicamente por encima de todo el ordenamiento jurídico, considerándola como Ley Suprema del Estado y fundamento del sistema jurídico. Según cada país los tratados internacionales, convenciones internacionales o pactos internacionales gozarán o no del mismo rango que la Constitución Nacional de cada uno de ellos.
En un sistema jurídico, la supremacía constitucional significa que la Constitución es la norma que denominamos fundamental, que está en la cúspide o por encima de las demás normas jurídicas. Es pues la Constitución el documento legal supremo, el que se ubica en la cúspide.
En relación a la supremacía constitucional, la Carta Magna dominicana, dispone en su artículo 6 que todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución.
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