Para los proveedores del Estado, el Reglamento 416-23 introduce reglas claras sobre el régimen de garantías y el debido proceso en materia sancionadora, elementos vitales para la seguridad jurídica en los negocios con el sector público.
Régimen de Garantías: Tipos y Facilidades
El reglamento establece cuatro tipos fundamentales de garantías que las instituciones deben exigir:
- Mantenimiento de Oferta: 1% del monto de la oferta.
- Fiel Cumplimiento: 4% del monto de la adjudicación (1% para MIPYMES).
- Buen uso de Anticipo: Por el 100% del monto recibido como adelanto.
- Vicios Ocultos: 10% del costo total de la obra, con vigencia de 1 a 5 años.
Infracciones y la Potestad Sancionadora
El reglamento clasifica las infracciones administrativas en leves, graves y muy graves. Entre las faltas «muy graves», que conllevan una inhabilitación permanente, se encuentran la colusión, la presentación de documentos falsos y el ofrecimiento de dádivas a funcionarios.
El Debido Proceso Administrativo
Es relevante destacar que ninguna sanción o ejecución de garantía puede realizarse sin agotar el debido proceso. El proveedor tiene derecho a: