Esta actividad se encuentra regulada por la Ley General de Salud No. 42-01 del 8 de marzo de 2001, que tiene por objeto regular todas las acciones que permitan al Estado el efectivo derecho a la salud de la población, reconocido en la Constitución de la República Dominicana. Sobre este tema en particular, la ley habla en el capítulo III: de los cosméticos, productos de higiene personal y del hogar en sus artículos 119 y siguientes.
Para formalizarla:
- Realizar el registro de nombre comercial en la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI) con: el formulario aprobado por ONAPI, indicación precisa del nombre, identificación de quien lo solicite, lista de actividades detallada para las que se protegerá el nombre y el pago de la tasa correspondiente.
- Obtener el Registro Mercantil en la Cámara de Comercio y Producción, este registro busca certificar y proteger los documentos de las compañías.
- Solicitar el Registro Nacional de Contribuyente (RNC) en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) que es el documento oficial emitido por Impuestos Internos como constancia de su inscripción como contribuyente.
- Registrarse como empleador en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para comenzar a hacer sus pagos.
- Solicitar permiso sanitario en el Ministerio de Salud Pública
- Solicitar autorización ambiental en el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
- Por último solicitar el Registro industrial en el Centro de Desarrollo y competitividad Industrial (PROINDUSTRIA), es un procedimiento de registro e identificación de una industria, mediante el cual se le asigna un código industrial.
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