Diccionario Jurídico

Plebiscito

En la antigua Roma, decreto de la plebe o ley votada por el pueblo convocado por tribus, propuesta por un magistrado popular (el tribuno de la plebe) y en deliberación separada de los patricios y senadores. Estos plebiscitos o leyes populares sólo obligaron en un principio a los plebeyos, hasta que, creciendo su influencia, adquirieron fuerza obligatoria para los patricios también. I En el Derecho Político moderno, consulta directa que se hace al pueblo acerca de una medida fundamental o sobre su voluntad de independencia o anexión. I También, demostración organizada por los poderes dictatoriales para probar o aparentar, a falta de elecciones, que el pueblo apoya su política o la persona de su caudillo. 1 En Suiza se emplea como sinónimo de referéndum (v.).

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