El sujeto pasivo de una relación jurídica; más concretamente, de una obligación. El obligado a cumplir la prestación; es decir, a dar, a hacer, o a no hacer algo en virtud de un contrato, cuasicontrato, delito, cuasidelito o disposición expresa legal. Más generalmente, se refiere al obligado a una prestación como consecuencia de un vínculo contractual. I PRINCIPAL. El obligado en primer término a cumplir la prestación para con el acreedor; a diferencia del fiador, que responde ante la insolvencia o incumplimiento de aquél, salvo excepcional cláusula o precepto de solidaridad o renuncia a los beneficios típicos de la fianza. I El que primeramente debe ser demandado, a diferencia del deudor subsidiario; como entre los coautores de un delito. I En concepto económico, quien debe mayor cantidad.
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