Diccionario Jurídico

Cómplice necesario

Concepto penal que surge de la codelincuen­cia (v.) cuando el ejecutor material del hecho punible recibe la cooperación imprescindible o útil de otro para la perpetración del delito. Este otro es el denominado cómplice necesa­rio por algunos penalistas y que el codificador no vacila en calificar de autor (v.) en la fór­mula, dentro del Cód. Pen. esp., que estable­ce esa equiparación personal y en la condena para «los que cooperan a la ejecución del hecho con un acto sin el cual no se hubiere efectuado». Tales el caso del que conduce el vehículo desde el cual se ametralla a la víctima al pasar ante ella. (V. CÓMPLICE SECUNDARIO.)

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