Diccionario Jurídico

Adición de nombre

En esta locución se entiende comprendido el prenombre y el apellido, y se refiere a la posi­bilidad de añadirles algún otro. Los casos que al respecto señalan algunas legislaciones alu­den a la posibilidad de los progenitores para pedir que se inscriba al hijo con el apellido compuesto del padre, o añadir el de la madre. allí donde no sea costumbre hacerlo, solicitud que también puede efectuar el hijo al llegar a determinada edad. La adición de nombre es también frecuente en los casos de adopción, a efectos de añadir al apellido de los padres na­turales el de los padres adoptantes, o al susti­tuir aquél por este.

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