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Delitos de odio

Diseno Sin Titulo 68 Despacho Legal

La incitación al odio es un delito recogido en la legislación penal que consiste en el fomento, del odio, discriminación o violencia contra un grupo, o contra una persona determinada.

El delito de odio consiste en una infracción o acto penal motivado por prejuicios contra una o varias personas por el hecho de pertenecer a un determinado grupo social.

Los delitos de odio o crímenes de odio tienen lugar cuando una persona o grupo de ellas ataca a otra motivada exclusivamente por su pertenencia a un determinado grupo social, según su raza, etnia, discapacidad, idioma, nacionalidad, apariencia física, religión, orientación sexual, etc.

«Cualquier infracción penal, incluyendo infracciones contra las personas o las propiedades, donde la víctima, el local o el objetivo de la infracción se elija por su, real o percibida, conexión, simpatía, filiación, apoyo o pertenencia a un grupo; un grupo debe estar basado en una característica común de sus miembros,  como su raza real o perceptiva, el origen nacional o étnico, el lenguaje, el color, la religión, el sexo, la  edad, la discapacidad intelectual o física, la orientación sexual u otro factor similar.» (OSCE, 2003).

Este delito persigue penalizar los discursos en favor de la discriminación, los prejuicios contra las personas por pertenecer a un determinado grupo. El problema de esta conducta tipificada es que colisiona con el derecho a la libertad de expresión.

¿Qué se considera delito de odio?

Las principales características que permiten apreciar este delito son:

  1. Se considerará delito de odio fomentar o promover de manera pública odio, hostilidad, discriminaciónviolencia contra un grupo o contra una persona.
  2. También es delito de odio, la incitación directa o indirecta a la discriminación contra un grupo o contra una persona.
  3. De igual forma, serán sujetos activos de este delito, quienes produzcan, distribuyan o faciliten a otras personas materiales que fomenten el odio, hostilidad o discriminación contra un mismo grupo o personas.
  4. A este delito también lo constituyen las declaraciones públicas que nieguen o resten importancia. Igualmente las declaraciones que alaben delitos de genocidio contra personas en un conflicto armado o enaltezcan a sus autores.
  5. Los motivos por los que se incita al odio y los cuales tienen reproche penal son los argumentos ideológicos, religiosos, situaciones familiares, sexo, raza, nación u orientación sexual, etc.
  6. Este delito debe ser dirigido contra un grupo porque comparten una característica común. Es esta característica es la que hace que sean el objeto del delito de odio.
  7. Al contrario de lo que ocurre con los delitos patrimoniales, este delito atenta contra las personas de una forma indirecta. ¿Qué significa? Que no actúa de forma lesiva directamente como el delito de homicidio o asesinato.

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