En principio, todas las empresas, con excepción de:
-Las empresas agrícolas, agrícola-industriales, industriales, forestales y mineras durante sus primeros tres años de operaciones, salvo acuerdo en contrario. Obsérvese que en la enumeración no se nombra a las empresas comerciales, razón por la cual éstas deben otorgar la participación si en sus primeros tres años de operaciones obtienen beneficios.
-Las empresas agrícolas cuyo capital no exceda de un millón de pesos.
-Las empresas de zonas francas(Art.226)
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