Blog

Corte Permanente de Arbitraje

Ema Corte De Justicia 4 Despacho Legal

La Corte Permanente de Arbitraje (CPA) o Tribunal Permanente de Arbitraje denominación que también se utiliza para el mismo organismo en el Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas sobre derecho mercantil internacional – CNUDMI), es un organismo internacional con sede en La Haya, Países Bajos, cuya finalidad consiste en la resolución de controversias internacionales mediante una jurisdicción arbitral que facilite a los Estados un recurso de arbitraje.

Es una creación del Convenio para el arreglo pacífico de controversias internacionales adoptado en la Primera Conferencia de Paz de La Haya y revisado en 1907, consistente en una lista de árbitros designados por cada Estado parte en el convenio, a la que pueden recurrir las partes en una controversia para componer un tribunal concreto.

Tiene su sede en La Haya Países Bajos. En la actualidad puede desarrollar también procedimientos de conciliación y de encuesta y está abierta no solo a Estados, sino a organizaciones internacionales y a particulares. Su Secretaría corre a cargo de una Oficina Internacional, la cual está colocada bajo la dirección y control de un Consejo Administrativo permanente formado por los representantes diplomáticos de las Partes contratantes acreditados en La Haya y el ministro de Asuntos Exteriores de los Países Bajos. Convenio para el arreglo pacífico de controversias internacionales de 1907, arts. 41-90.

La CPA administra la resolución de controversias surgiendo de tratados internacionales (incluyendo tratados bilaterales y multilaterales de protección de inversiones extranjeras) y otros convenios de arbitraje. Los casos de la CPA tratan diversos asuntos incluyendo controversias sobre fronteras territoriales y marítimas, soberanía, derechos humanos, inversión extranjera, y asuntos relacionados al comercio regional e internacional. Los arbitrajes de la CPA se llevan a cabo principalmente bajo el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI.

Los dos idiomas oficiales de la CPA son el francés e inglés, y hasta fines del 2007, se contaban 122 países miembros, es decir países que son partes a una u otra de la Convenciones fundadoras de la CPA.

Nacida en 1899, la CPA fue producto de la primera Conferencia de la Paz de La Haya. Es la más antigua institución dedicada a la resolución de controversias internacionales, siendo uno de sus primeros casos en 1902, la controversia entre los EE. UU. y el Estado Mexicano, por el llamado Fondo Piadoso de las Californias para la evangelización y colonización de California.

El auto de establecimiento de la CPA se encuentra en los artículos 20 a 29 de la Convención del 29 de julio de 1899 para la resolución pacífica de controversias internacionales. En la segunda Conferencia de la Paz de La Haya, llevada a cabo el 18 de octubre de 1907, se adoptó un segundo tratado, la Convención de 1907 para la resolución pacífica de controversias internacionales. Este nuevo tratado revisó e intentó perfeccionar la convención de 1899.

Tras un periodo de poca actividad entre 1946 y 1980, la CPA vio incrementada su importancia y actividad en el contexto judicial, debido al rol específico que cumple la CPA en todos los arbitrajes llevados a cabo bajo el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI desde 1976. A inicios de los años 1980, la CPA ayudó en el trabajo del Tribunal de Reclamos Irán-EE. UU. y desde 1990, la CPA ha visto una explosión en el número de casos llevados a cabo bajo sus auspicios.

En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de derecho internacional. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. le brindamos una sesión de asesoría jurídica exacta y oportuna. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, conforme con la Constitución y las leyes del país. Comunicamos con lenguaje diáfano, sencillo, y oportuno, las mejores acciones y estrategias a seguir para resolver la situación o conflicto que le atañe.

Puede contactarnos a través de:
???? 829-256-6865
✉️ info@fc-abogados.com
En este blog tenemos los contenidos sobre derecho a disposición de toda la ciudadanía, aquí te mantendremos al tanto y al día con los avances en materia #legal y mucho más.

¡Pregúntanos sin Costo!

Permítenos evaluar tu caso, y seremos tus incansables defensores.

Tiempo límite de respuesta: 24h

Quiénes Nos Avalan

¡Pregúntanos Sin Costo!

En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con meticulosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país

Nos comprometemos a comunicarnos contigo de manera clara, utilizando un lenguaje sencillo y oportuno, para proporcionarte las mejores estrategias y acciones a seguir con el fin de resolver tu situación o conflicto legal

Además, puede contactarnos a través de:

Carlos Felipe Law Firm es litigación estratégica, resultados contundentes ante los tribunales y en derecho procesal judicial. ¡Estamos aquí para ayudarte!"

Evaluar Mi Caso
Evaluar Mi Caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

Evaluamos tu caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

¡Pregúntanos!

Tiempo límite de respuesta: 24h

Suscríbete a Nuestro Boletín