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Convenio de Budapest sobre delitos cibernéticos

El Convenio sobre delitos cibernéticos  o Convenio de Budapest es el primer tratado internacional que busca hacer frente a los delitos informáticos y los delitos en Internet mediante la armonización de leyes entre naciones, la mejora de las técnicas de investigación y el aumento de la cooperación entre las naciones firmantes. Fue elaborado por el Consejo de Europa en Estrasburgo, con la participación activa de Canadá, Japón y China como estados observadores.

El Convenio se firmó el 23 de noviembre de 2001 y entró en vigor el 1° de julio de 2004, en la ciudad de Budapest, República de Hungría. Se trata del primer tratado internacional creado con el objetivo de proteger a la sociedad frente a los delitos informáticos y los delitos en Internet, mediante la elaboración de leyes adecuadas, la mejora de las técnicas de investigación y el aumento de la cooperación internacional. En la actualidad, el Convenio ha sido ratificado por más de 50 naciones de todo el mundo.

En un contexto lleno de profundos cambios devenidos por la digitalización, el convenio surgió como resultado del reconocimiento de dos aristas: por un lado, la necesidad de cooperación entre los Estados y el sector privado en la lucha contra la ciberdelincuencia y, por el otro, la necesidad de proteger los intereses legítimos en la utilización y el desarrollo de las tecnologías de la información (TICs).

Objetivos

El Convenio es el primer tratado internacional sobre delitos cometidos a través de Internet y otras redes informáticas, que trata en particular de las infracciones de derechos de autorfraude informático, la pornografía infantil, los delitos de odio y violaciones de la seguridad en redes. También contiene una serie de competencias y procedimientos, tales como la búsqueda de las redes informáticas y la intercepción de comunicaciones privadas.

Su principal objetivo, que figura en el preámbulo, es aplicar una política penal común encaminada a la protección de la sociedad contra el cibercrimen, especialmente mediante la adopción de una legislación adecuada y el fomento de la cooperación internacional.

Los principales objetivos de este tratado son los siguientes:

  1. La armonización de los elementos nacionales de derecho penal de fondo de infracciones y las disposiciones conectados al área de los delitos informáticos.
  2. La prevención de los poderes procesales del derecho penal interno es necesaria para la investigación y el enjuiciamiento de esos delitos, así como otros delitos cometidos por medio de un sistema informático o pruebas en formato electrónico.
  3. Establecimiento de un régimen rápido y eficaz de la cooperación internacional.

Le invitamos a leer el texto íntegro del convenio dando clic aquí.

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