No es un misterio para nadie que vender bebidas falsificadas es cada vez más común hoy en día. Permítanos informales que falsificar una bebida no solamente viola leyes de derecho de autor o de propiedad industrial, sino que además trae consigo responsabilidades penales muy graves. Cualquiera que sea su situación (víctima o acusado) debe de contar con la asesoría de un abogado con experiencia en el área que pueda garantizarle el éxito en dicho proceso judicial.
La bebida falsificada es aquella con la apariencia y características generales del oficialmente aprobado y que no procede de los verdaderos fabricantes. El envase, el rótulo o el empaque tienen diseños o declaraciones que inducen al engaño, respecto a su creación y a su origen. Es elaborado también en establecimientos que no han sido establecidos para dicho fin.
Nuestra legislación (Código Penal Dominicano, art. 318) castiga el despacho de bebidas falsificadas siempre y cuando contengan componentes perjudiciales a la salud, se le debe de imponer una pena a prisión correccional de seis días a un año, con una multa apreciada por el juez. Por último se hace la aclaración de que si se encontrare las bebidas falsificadas con su respectivo vendedor, estas serán ocupadas y confiscadas.
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