En ocasiones podemos ver que algunos trabajadores no se benefician del Código de Trabajo Dominicano. Con el fin de saber en dónde puedo informarme sobre mis derechos es necesario responder a la siguiente pregunta: ¿Cómo saber si puedo regirme por el Código De Trabajo Dominicano. La respuesta se encuentra en el artículo 1 del mismo Código cuando Establece:
“El contrato de trabajo es aquel por el cual una persona se obliga, mediante una retribución, aprestar un servicio personal a otra, bajo la dependencia y dirección inmediata o delegada de esta”.
De dicho artículo se colige que las personas que se benefician del código de trabajo son Todas Aquellas personas que a cambio de una retribución (salario), prestan un servicio a una persona individual o a una empresa, mostrando dependencia y dirección inmediata de ésta. Es decir hay un empleado, la persona que brinda el servicio y un empleador que es la persona que paga por dicho servicio.
Si su situación laboral de adapta a esta clasificación, sus derechos y obligaciones las podrá encontrar en el Código Laboral Dominicano.
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