En un mundo cada vez más interconectado, la diplomacia dominicana continúa dando pasos firmes hacia la facilitación del tránsito internacional de sus ciudadanos. El pasado 28 de noviembre de 2025, fue publicada en la Gaceta Oficial núm. 11219 la Resolución núm. 94-25, la cual aprueba el histórico acuerdo de exención de visado entre la República Dominicana y Mongolia.
Este instrumento jurídico no solo fortalece las relaciones amistosas entre ambas naciones, sino que redefine las condiciones de viaje para los titulares de pasaportes dominicanos y mongoles.
Claves del Acuerdo de Exención de Visas
El acuerdo, suscrito originalmente en la ciudad de Nueva York el 26 de septiembre de 2024, establece disposiciones claras para el tránsito de nacionales:
- Alcance Universal de Pasaportes: La exención aplica a titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales y ordinarios válidos.
- Periodo de Estancia: Los ciudadanos podrán ingresar, transitar, permanecer y salir del territorio del otro Estado por un periodo no mayor a noventa (90) días contados a partir de la fecha de entrada.
- Limitación de Actividades: Si el propósito del viaje implica una estancia superior a los 90 días, los nacionales deberán obtener previamente el visado correspondiente.
- Cumplimiento Normativo: Los viajeros están obligados a cumplir con las leyes y reglamentos migratorios vigentes en el país receptor durante su estancia.
El Control Preventivo de Constitucionalidad
Como parte del rigor jurídico que caracteriza al Estado dominicano, este acuerdo fue objeto de una revisión exhaustiva por parte del Tribunal Constitucional. Mediante la sentencia TC/0112/25, de fecha 9 de abril de 2025, se declaró la conformidad de este pacto con la Constitución de la República, garantizando que el fomento de la movilidad no vulnere nuestra soberanía ni el ordenamiento interno.
Impacto para el Ejercicio del Derecho Migratorio
Para los abogados y gestores migratorios, este acuerdo representa una nueva oportunidad de asesoría en la planificación de viajes de turismo y negocios hacia Asia Central. Es fundamental recordar que, aunque el requisito de visa ha sido eliminado, las autoridades competentes conservan el derecho de prohibir la entrada a personas consideradas indeseables o de suspender el acuerdo por razones de seguridad nacional o salud pública.