El Delito Informático en la Rep. Dom.

Aquellos delitos que tienen método o fin los medios tecnológicos son conocidos como delitos informáticos o, en un sentido más amplio, delitos de alta tecnología. Estos involucran conductas delictivas y antisociables que se realizan a través de medios electrónicos a fin causar un daño físico, psicológico, moral y/o económico a la victima o dañar equipos, redes informáticas y/o componentes de sistemas de información.

Aunque los delitos de alta tecnología son altamente dinámicos, pudiendo renovarse o surgir nuevos tipos o variantes, la Ley 53-07 sobre crímenes y delitos de alta tecnología en la república dominicana define estos últimos como “aquellas conductas atentatorias a los bienes jurídicos protegidos por la constitución, las leyes, decretos, reglamentos y resoluciones relacionadas con los sistemas de información.

Entidades encargadas del cumplimiento de la Ley 53-07.

El articulo 30 de la Ley sobre crímenes y delitos de alta tecnología establece la creación y composición de la comisión internacional contra crímenes y delitos de alta tecnología (CICDAT), la cual estará compuesta por un representante de: a) la procuraduría general de la república; b) la secretaria de estado de las fuerzas armadas; c) la secretaria de estado de interior y policía; d) la policía nacional; e) la dirección nacional de control de drogas (DNCD); f) el departamento nacional de investigaciones (DNI); g) el instituto dominicano de las telecomunicaciones (INDOTEL); h) la superintendencia de bancos de la república dominicana.

A través del artículo 36 de la ley 53-07, se crea el departamento de investigación de crímenes y delitos de alta tecnología (DICAT); como entidad subordinada a la dirección central de investigaciones criminales de la policía nacional.

Denominaciones de los delitos de alta tecnología.

Cibercrimen, ciberdelitos, compudelitos, delitos electrónicos, informáticos, telemáticos y de telecomunicaciones son términos comúnmente usados para referirse a conducta ilegales que utilizan dispositivos electrónicos como medio o fin de hechos.

En conclusión, no importa la denominación que se use para los delitos de alta tecnología, estos ya están contemplados y regulados en la legislación dominicana; por lo que, su desconocimiento o no intencionalidad no libera al autor intelectual o material de las penas y sanciones que establece la ley sobre crímenes y delitos de lata tecnología.

Delitos relacionados con la privacidad, confidencialidad e integridad de los datos almacenados. En esta clasificación se incluye los eventos de espionaje estatal, político, comercial, industrial e institucional, la manipulación, la falsedad de documentos y firmas electrónicas, el copiado ilegal y la destrucción de data, entre otros.

Delitos relacionados con el material de computadora (hardware). Estos consisten en delitos como la destrucción o robo de computadoras y sus periféricos por medios convencionales.

Delitos relacionados con la integridad: moral, mental y física de las personas. Lamentablemente los delitos de computadora y alta tecnología han desbordado el ámbito de sus ataques a los bienes y servicios; por lo que, desde hace tiempo, los compudelincuentes vienen ideando y ejecutando formas de ataques que atentan contra las personas.

Delitos de telecomunicaciones.

Como se da en los casos del robo y reventa de las señales de televisión por cable o la elaboración de dispositivos fraudulentos para la descodificación de señales; la generación de trafico internacional en sentido inverso al normal; los fraudes de proveedores de servicio de información o líneas tipo 1-976; el re direccionamiento de llamadas de larga distancia; el robo de línea y otros tantos que se citan en la ley 53-07.

Necesidad de cooperación nacional e internacional.

Los delitos de computadoras y alta tecnología sobrepasan las barreras de los países y continentes, convirtiéndose en una verdadera amenaza y peligro real para la seguridad personal, organizacional e incluso para la soberanía nacional de cada país en particular.

Estrategia dominicana para uso responsable del internet.

La comisión nacional para la sociedad de la información y el conocimiento (CNSIC) y el instituto dominicano de las telecomunicaciones (INDOTEL), con la asesoría de la república de Colombia, establecieron en abril de 2008 una alianza que pretende implementar una estrategia nacional que garantice un uso sano y ético del internet en la república dominicana.

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