Un contrato de trabajo es un acuerdo entre empleador y trabajador, el cual se compromete a prestar un servicio a cambio de una remuneración. Este contrato puede ser por escrito o de forma verbal, es decir, de palabra. Al momento que el empleador llama a trabajar ya existe un contrato de trabajo.
Además de estas dos clases el Código de Trabajo de la República Dominicana establece que el contrato de trabajo puede ser también: por tiempo indefinido, por cierto tiempo, o para una obra o servicio determinados.
- Por tiempo indefinido cuando el trabajador debe prestar un servicio de manera permanente e ininterrumpida, en días laborables con los descansos obligatorios que establece la misma legislación.
- Por cierto tiempo cuando el trabajo que se va a realizar es temporal, por ejemplo: en caso de sustitución de un trabajador, vacaciones, etc.
- Para una obra o servicio determinado se da cuando la naturaleza del trabajo así lo requiera y deben celebrarse por escrito.
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