Recepción. I Acción correlativa de la entrega. I Admisión. I Aceptación. l Aprobación. I Investidura; término de los estudios y obtención del título al grado correspondiente. I A PRUEBA. Fase procesal habitual, pero no siempre necesaria de los juicios civiles, en que, luego de la petición de una de las partes o de ambas, y de existir hechos por probar (o sea, controvertidos y de influjo en la causa), y que legalmente sea lícito probar, el juez 0 tribunal resuelve afirmativamente acerca de la pertinencia de la prueba solicitada; pues, de rechazar la petición, se está ante la denegación probatoria, contra la cual cabe recurso.
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