Diccionario Jurídico

Dirección del proceso

Facultad otorgada por las leyes procesales a los jueces y tribunales para que cuiden de que el procedimiento se desenvuelva en la forma más conveniente. Señalan algunos autores que esa dirección puede revestir carácter for­mal o carácter material. Es lo primero, cuan­do «el juez coadyuva a que la marcha externa del procedimiento se desarrolle ordenada y normalmente» (Reimundin), y es lo segundo, cuando el juez actúa «para obtener una ma­yor economía, y, en algunos casos, responde a la necesidad de evitar sentencias contradicto­rias o que una sentencia se pronuncie inútil­mente (Reimundin).

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