Diccionario Jurídico

Despido

«Despedida», sin más, como acción o efecto de despedir a uno o de despedirse, decía la Academia Española para referirse a esta voz.

En general, despido significa privar de ocupación, empleo, actividad o trabajo.

En Derecho Laboral, se entiende estric­tamente por despido, la ruptura o disolución del contrato o relación de trabajo realizada unilateralmente por el patrono o empresario.

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