Igualdad entre lo dado y lo recibido; entre lo que se adeuda y lo que se nos debe; entre el Cómplice mal causado y la reparación obtenida; resarcimiento, nivelación. I DE INJURIAS. Inculpabilidad que se aprecia a veces en los recíprocos ofensores cuando las injurias se profieren simultáneamente, o las posteriores obedecen a impulso de desagravio.
mercial o industrial, empleando para conseguirlo equívocos, fortuitas coincidencias de nombre, falsas alarmas o cualquier medio de propaganda deshonesta. (V. competencia ilícita.) I ILÍCITA. Ejercicio abusivo del comercio o de la industria manteniendo la rivalidad profesional con medios reprochables, con infracción de leyes y reglamentos o de contratos.