
La Autorización de Apertura Instituciones Educativas Privadas (Colegios) es un proceso de asesoría y evaluación que se pone al alcance de todo los ciudadanos interesados en fundar y/o crear instituciones educativas privadas, que inicia con la comunicación escrita de solicitud de permiso de apertura por el titular del centro educativo a la Dirección General de Acreditación de Centros Educativos, vía el Distrito Educativo correspondiente, con 6 meses de anticipación.
Requerimientos
- Disponibilidad para la evaluación del proyecto y/o institución.
- Haber realizado la solicitud de permiso por escrito, a la Dirección General de Acreditación de Centros Educativos vía el Distrito Educativo correspondiente, con 6 meses de anticipación.
La solicitud de autorización para iniciar sus labores debe estar acompañada del ideario e indicar el nivel o niveles y la modalidad o modalidades que oferta, el tipo de bachillerato si incluye el nivel medio y la tanda en la cual labora.
Documentos Requeridos
- Carta de solicitud de apertura.
- Dirigir comunicación formal junto con los documentos requeridos a la Dirección General de Acreditación de Centros Educativos vía el distrito correspondiente.
- Informe sobre la institución educativa.
- Ideario de la Institución.
- Certificado de Registro de Nombre Comercial, este proceso debe agotarse en la Oficina Nacional de Propiedad Industrial.
El tiempo de respuesta es de 90 días laborables.