Diccionario Jurídico

Devolutivo

Lo que devuelve o restituye. En términos procesales, es el efecto que produce la apela­ción al pasar o devolver al juez superior el co­nocimiento de las resoluciones tomadas por el inferior, sin suspender la ejecución de las mismas. En este significado, se opone a efec­to suspensivo, el cual, suspende la ejecución de lo resuelto por el juez inferior hasta el pro­nunciamiento del superior. (V. efecto de­volutivo y suspensivo )

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