Blog

Alianza política

Diseno Sin Titulo 65 2 Despacho Legal

La Ley núm. 20-23, define las alianzas electorales o políticas como el acuerdo establecido entre dos o más partidos, para participar conjuntamente en uno o más niveles de elección y en una o más demarcaciones electorales, de acuerdo con lo que establece esta Ley Orgánica del Régimen Electoral.

Se conoce como coalición políticaalianza política, frente político o bloque político al pacto entre dos o más partidos políticos, normalmente de ideas afines, para gobernar un país, una región u otra entidad administrativa.

La alianza o coalición de partidos, agrupaciones o movimientos políticos tendrá siempre un carácter transitorio y, dentro de ella, cada uno de los partidos, agrupaciones o movimientos políticos aliados o coaligados conserva su personería, limitada por el pacto de alianza o coalición a su régimen interior, a la conservación de sus cuadros directivos y a la cohesión de afiliados.

Para la postulación de candidatos comunes y cualesquiera otros acuerdos, los partidos, agrupaciones o movimientos políticos aliados o coaligados serán una sola entidad, con una representación común, igual a la de los otros partidos, agrupaciones o movimientos políticos o alianzas de partidos, agrupaciones o movimientos políticos, en las juntas electorales y colegios electorales.

Pacto de alianzas y coaliciones

Las alianzas o coaliciones podrán pactarse con recuadro único y recuadro individual, solamente con respecto al partido, agrupación o movimiento político que personifique la alianza en la boleta electoral.

Modalidades de alianzas

Las alianzas o coaliciones de partidos, agrupaciones o movimientos políticos pueden producirse sólo dentro de las modalidades siguientes, sin que se permita en ningún caso el fraccionamiento del voto para candidatos de un mismo nivel:

1) Para las candidaturas del nivel presidencial;
2) Para las candidaturas en el nivel senatorial, para una, varias o todas las provincias y el Distrito Nacional;
3) Para las candidaturas del país en el nivel de diputados, para una, varias o todas las circunscripciones o provincias y el Distrito Nacional;
4) Para las candidaturas en el nivel de alcaldías, para uno, varios o todos los municipios;
5) Para las candidaturas en el nivel de regidurías, uno, varios o todos los municipios y el Distrito Nacional;
6) Para las candidaturas en el nivel de directores distritales, para uno, varios o todos los distritos municipales; y
7) Para las candidaturas en el nivel de vocalías, para uno, varios o todos los distritos municipales.

Alianzas o coaliciones de agrupaciones y movimientos políticos

Las agrupaciones y movimientos políticos podrán establecer alianzas o coaliciones con los demás partidos, agrupaciones y movimientos políticos, las cuales, en razón de su carácter, estarán limitadas al ámbito territorial en el que tengan alcance.

Votos obtenidos previo a las alianzas

A los partidos, agrupaciones o movimientos políticos que no hayan hecho pacto de alianza o coalición, no podrán sumárseles los votos para los fines de una elección, aunque hubiesen presentado los mismos candidatos, si no ha existido pacto de alianza escrito y aprobado previo a la celebración de las elecciones por la Junta Central Electoral.

 

En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de derecho electoral. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. le brindamos una sesión de asesoría jurídica exacta y oportuna. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, conforme con la Constitución y las leyes del país. Comunicamos con lenguaje diáfano, sencillo, y oportuno, las mejores acciones y estrategias a seguir para resolver la situación o conflicto que le atañe.

Puede contactarnos a través de:
???? 829-256-6865
✉️ info@fc-abogados.com
En este blog tenemos los contenidos sobre derecho a disposición de toda la ciudadanía, aquí te mantendremos al tanto y al día con los avances en materia #legal y mucho más.

¡Pregúntanos sin Costo!

Permítenos evaluar tu caso, y seremos tus incansables defensores.

Tiempo límite de respuesta: 24h

Quiénes Nos Avalan

¡Pregúntanos Sin Costo!

En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con meticulosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país

Nos comprometemos a comunicarnos contigo de manera clara, utilizando un lenguaje sencillo y oportuno, para proporcionarte las mejores estrategias y acciones a seguir con el fin de resolver tu situación o conflicto legal

Además, puede contactarnos a través de:

Carlos Felipe Law Firm es litigación estratégica, resultados contundentes ante los tribunales y en derecho procesal judicial. ¡Estamos aquí para ayudarte!"

Evaluar Mi Caso
Evaluar Mi Caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

Evaluamos tu caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

¡Pregúntanos!

Tiempo límite de respuesta: 24h

Suscríbete a Nuestro Boletín