Homicidio Excusable

Por el sentido dual de la vida, es imposible que todo marche como quisiéramos, y pasan cosas y circunstancias que no podemos evitar, muchas de ellas las catalogamos como injustas. Sería el caso en la que una persona se encuentre envuelto en un proceso judicial, por un hecho que no cometió voluntariamente, y peor aún por no tener los conocimientos jurídicos necesarios pueda resultar condenado usted, un familiar o algún amigo cercano.

Existen casos donde la ocurrencia de un crimen o delito puede ser excusable y de este modo no contraer las duras penas que conlleva el mismo y poder reducirlas; incluso también la ley consagra hechos como por ejemplo el homicidio o golpes y heridas, que por alguna circunstancia no se reputan como crimen ni delito.

Es el caso de una persona que haya cometido un homicidio involuntario (le quita la vida a alguien sin quererlo), que es excusable, es decir se puede reducir la pena, cuando haya sido el resultado de provocación, amenazas o violencias graves por parte de la víctima. Esto se fundamenta en el artículo 321 del Código Penal Dominicano. Incluso se puede hasta exonerar completamente la pena si se demuestra que el homicidio o golpes y heridas fueron el resultado del cumplimiento de una ley (orden militar), o si fue en legítima defensa.

No deje que menos caben sus derechos por no asistirse de un profesional especializado en la materia. Busque ayuda haga valer sus derechos.

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