SCJ establece los padres son civilmente responsables de hechos cometidos por sus hijos menores de edad cuando la culpa se atribuya a la falta de vigilancia

La Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) estableció que los padres son civilmente responsables de los hechos cometidos por sus hijos menores de edad, cuando se trate de una culpa in vigilando, o atribuible por la falta de estos en su deber de cuidado.

La citada Sala, mediante sentencia núm. SCJ-SS-22-0038, de fecha 31 de enero de 2022, rechazó el recurso de casación incoado por los padres de un adolescente y ratificó la decisión de la Corte de Apelación de Niños, Niñas y Adolescentes de San Francisco de Macorís que impuso al menor un año de privación de libertad con pena suspendida en su totalidad y el pago de una indemnización de setecientos cincuenta mil pesos dominicanos (RD$750, 000.00).

La decisión fue tomada por los magistrados Francisco Antonio Jerez Mena, presidente de la citada sala, Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y Francisco Antonio Ortega Polanco.

Para más información de la sentencia núm. SCJ-SS-22-0038, dar clic aquí.

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