Salario por unidad de tiempo y por unidad de obra

El salario por unidad de tiempo es el que se paga por hora, día, semana, quincena o mes trabajado, por otro lado el salario por unidad de obra es el que se paga por la labor rendida, también conocido con el nombre de «a destajo».

El artículo 195 del Código de Trabajo, establece lo siguiente:

«El salario se estipula y paga íntegramente en moneda de curso legal, en la fecha convenida entre las partes. Puede comprender, además cualquiera otra remuneración, sea cual fuere la clase de ésta. El salario puede pagarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, por ajuste o precio alzado, o combinando algunas de estas modalidades».

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