¿Qué es la comisión?

Muchas personas piensan que para ser trabajador y regirse por el Código Laboral Dominicano es necesario tener un salario fijo, pero no es así cuando se trata de un trabajador que recibe su remuneración por comisión. Llamamos comisión a la forma de salario en la cual se toma en cuenta los resultados del negocio efectuando por el trabajador.

Es el salario  típico de los vendedores, a quienes se les paga un por ciento de las ventas que efectúan en beneficio de la empresa.

El Código de trabajo establece en sus artículos 195 y 311, respecto al tema lo siguiente:

«El salario se estipula y paga íntegramente en moneda de curso legal, en la fecha convenida entre las partes. Puede comprender, además cualquiera otra remuneración, sea cual fuere la clase de ésta. El salario puede pagarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, por ajuste o precio alzado, o combinando algunas de estas modalidades».

«El salario ordinario de estos trabajadores comprende sus salarios fijos y las comisiones que perciben regularmente».

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