SCJ establece identidad de la persona no solo la determina una prueba de ADN
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) refrendó el criterio de que la identidad de la persona no solamente debe ser determinada por el aspecto biológico a través de una prueba de ADN, sino que también debe tomarse en cuenta la valoración de otros factores que interactúan entre si tales como aspectos sociológicos, culturales y sociales que se construyen en el núcleo de una familia y que forjan la identidad de sus integrantes.
El criterio jurisprudencial en cuestión se encuentra contenido en la sentencia núm. SCJ-PS-23-0501, de fecha 29 de marzo de 2023, en la cual los jueces de la citada sala decidieron sobre una demanda en impugnación y reclamación de filiación paterna.
La motivación como eje de fundamentación de la sentencia enunciada, resalta el contenido esencia y normativo de los principios V y VI de la Ley núm. 136-03 que instituye el Código para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, en los que indica que el interés superior del menor es de obligatorio cumplimiento en todas las decisiones que les sean concernientes.
Para acceder a la sentencia emitida por los jueces Manuel Alexis Read Ortiz (presidente de la Tercera Sala), Manuel Ramón Herrera Carbuccia , Moisés A. Ferrer Landrón, Anselmo Alejandro Bello y Rafael Vásquez Goico, haga clic aquí.