Requisitos para el Permiso de Residencia en República Dominicana

La República Dominicana es signataria de diversos acuerdos internacionales que le reconocen la facultad soberana de sus poderes públicos para la determinación de las reglas sobre la condición de los Extranjeros, su entrada, permanencia y salida del territorio nacional. Ley General de Migración establece que el Reglamento de aplicación de la misma está a cargo de una comisión formada por el Ministerio de Interior y Policía, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Dirección General de Migración.

A continuación los requisitos para la obtención de la Residencia en la República Dominicana según lo establece el Reglamento de Aplicación: El extranjero deberá solicitar el Visado de Residencia a través del Consulado Dominicano una vez obtenida la visa de residencia, el solicitante deberá gestionar en los dos próximos meses su residencia provisional ante la Dirección General de Migración, proceso que dilata aproximadamente de tres a cuatro meses. Posteriormente cumplir con los requisitos que solicita la Dirección General de Migración (DGM) los cuales son los siguientes:

a) Constancia de la Visa de Residencia (RS) con la cual ingresó al país, otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. ( Esta Gestión se hace en el consulado Dominicano de donde resida el solicitante)

b) Certificado de no antecedentes penales expedido por la autoridad competente de los países en los que haya residido en los últimos cinco (5) años, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda;

c) Examen médico autorizado y realizado en la Dirección General de Migración (D.G.M.);

d) Cuatro (4) fotografías recientes tamaño 2 x 2 de frente y dos (2) de perfil, sin joyas o accesorios y las orejas descubiertas;

e) Pasaporte o documento de viaje admitido como tal, con dieciocho (18) meses mínimos de vigencia;

f) Acta de nacimiento, debidamente apostillada o legalizada, según corresponda;

g) Acta de matrimonio, declaración de soltería o prueba de convivencia, según aplique, debidamente apostillada o legalizada, según corresponda;

h) Contrato de trabajo registrado por el Ministerio de Trabajo, en los casos que aplique;

i) Si solicita Residencia Temporal para cónyuge, pasaporte, acta de nacimiento y acta de matrimonio o prueba de convivencia, según aplique, debidamente apostillada o legalizada, según corresponda;

j) Si solicita Residencia Temporal para hijos y menores dependientes, pasaportes y actas de nacimiento correspondientes, debidamente apostilladas o legalizadas, según corresponda;

k) Declaración jurada sobre la solvencia del garante, firmada por éste, dos testigos, acompañada de las pruebas (carta de banco, patente de negocios, certificación de títulos, etc.), mediante la cual se responsabilice a los gastos de manutención y repatriación, respecto a las condiciones morales y económicas del Extranjero, debidamente legalizada en la Procuraduría General de la República;

l) Cuando un Extranjero peticionario de una Residencia Temporal incluya dentro de su solicitud a sus parientes dependientes, no será necesario para éstos la carta de garantía, aunque deben estar incluidos en la carta que garantiza al solicitante principal;

m) Prueba de solvencia económica. * Todos los documentos se presentan en idioma español, o traducidos por un intérprete judicial calificado.

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