Los peritos en materia penal

El derecho está colmado de conceptos, acepciones y nociones poco comunes en la cotidianidad, pero que su asesor jurídico debe manejar.

Hemos escuchado en algún momento el concepto “perito”. Según la Real Academia de la Lengua española se le llama perito al “entendido, experimentado, hábil, práctico en una ciencia o arte”. Inmediatamente nos surge la pregunta ¿Qué importancia tiene un perito en un proceso penal?

Atendiendo a la pregunta anterior un perito es de suma importancia en cualquier proceso penal, de modo que, en la ocurrencia de un ilícito penal aparecen circunstancias en la que se hace necesaria una explicación especializada en un área determinada, para poder entender más profundamente algún hecho o conducta humana.

Recordemos que la decisión de un juez según el Código Procesal Penal debe de fundamentarse en: la lógica, el conocimiento científico, y la máxima de experiencia. Es por ello que para llegar a la veracidad de un suceso se debe de contar con la asistencia de un especialista en la materia. Por ejemplo en un asesinato cometido con un arma de fuego, nadie podría instruir mejor al tribunal que un especialista en balística, en la que se pueda determinar de qué arma salió el proyectil, de qué lugar salió, si la persona que disparó era diestra o zurda, la distancia del disparo, entre otros muchos aspectos. Es decir un perito en una materia puede dar la luz al tribunal y poner todas las cartas sobre la mesa en un hecho que en principio era oscuro y parecía no tener solución alguna.

Los artículos del Código Procesal Penal que rigen la cuestión de los peritos en esta materia, se encuentran desde el art. 204 hasta el 217.

Entre estos artículos destacamos en el 207 sobre el nombramiento de los peritos; en la que encontramos que incluso las partes pueden proponer un perito, (nos permitimos citar dicho artículo): “Los peritos son designados por el ministerio público durante la etapa preparatoria, siempre que no se trate de un anticipo jurisdiccional de prueba. En cualquier otro momento son nombrados por el juez o tribunal, a propuesta de parte. El número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes. La resolución que ordena el peritaje fija con precisión su objeto y el plazo para la presentación de los dictámenes.”

Un abogado especializado sabrá instruirlo en circunstancias en la que se haga necesario recurrir a este instrumento del peritaje.

En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de Procedimiento Civil y Derecho Común. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso sin costo alguno y sin compromiso llámanos al 829 256 6865 o escríbenos a info@fc-abogados.com, También si deseas puedes chatear con nosotros aquí.

SOLICITA LA EVALUACIÓN DE TU CASO



    Quienes Nos Avalan


    Lic. Carlos Felipe CEO


    Siguenos en instagram @cfelipelawfirm