Auxiliares de la Justicia

Son auxiliares de la justicia el secretario, el alguacil, los abogados, los interpretes judiciales, los notarios públicos, los médicos legistas, los venduteros públicos, los conservadores de hipotecas, los registradores de titulo, los agrimensores, los peritos, los síndicos de la quiebra, los curadores de sucesiones vacantes, los árbitros, los administradores judiciales , entre otros. Las condiciones de aptitud requeridas para estos auxiliares son las mismas exigidas a cualquier empleado judicial.

Abogados

Tienen una extraordinaria importancia como auxiliares de la justicia. En ese sentido podríamos decir que tienen el monopolio de asistencia a las partes siendo las únicas excepciones en materia laboral y criminal, esta ultima con permiso o autorización del juez.

Aunque es una asistencia voluntaria existe la posibilidad de que el Presidente del Tribunal designe a un profesional del derecho para asistir a un pobre de solemnidad sin que exista la posibilidad de que el abogado pueda negarse a prestar su asistencia.

Entre el cliente y el abogado existe un contrato de mandato asalariado, este mandato no puede ser exigido al abogado por la contraparte. Sin embargo, el abogado no puede exceder los límites de ese mandato y en tal virtud no puede realizar actos que signifiquen renuncia a un derecho sin la debida autorización especial de su mandante.

Secretario

El secretario es el funcionario que tiene fe publica designado por la Suprema Corte de Justicia y sus obligaciones consisten en asistir al juez en todas sus operaciones. En la parte administrativa el secretario recibe las apelaciones, las aceptaciones de la comunidad o de la herencia.

Existe discreción respecto de la validez de la apelación declarada por el secretario y que no haya sido firmada por el secretario. La doctrina y la jurisprudencia están de acuerdo en admitir la validez de dicho acto aun cuando no este firmado por el secretario. El tribunal no puede constituirse sin la presencia de un secretario.

Alguaciles

Son oficiales públicos designados también por la Suprema Corte de Justicia y sus actos están revestidos de autenticidad de manera que para hacerlos caer deben recurrirse al procedimiento de inscripción en falsedad. Existen en nuestro derecho dos clases de alguaciles: de estrados y ordinario. Los alguaciles deben circunscribirse a la jurisdicción del tribunal donde trabajan a los efectos de hacer las notificaciones y demás actos a que están autorizados, también se les llama ministeriales o ujier.

Intérpretes Judiciales

Son nombrados por la Suprema Corte de Justicia y son los únicos autorizados a traducir declaraciones de personas que no hablen español, así como los documentos escritos en cualquier otro idioma que se utiliza en justicia.

Notarios Públicos

Los notarios son designados por la Suprema Corte de Justicia y su nombramiento es de por vida, a menos que cometan alguna falta que lo haga merecedor de su destitución. Los actos de notario son los llamados actos auténticos y en estos el notario da fe de todo el contenido del acto.

Algo distinto sucede con los actos bajo firma privada legalizados por notarios en los cuales este funcionario solamente da fe de haber visto firmar en su presencia el acto de que se trata, pero no en su contenido.

Otras actuaciones de los notarios son comunes en las particiones, en los contratos de hipoteca y en una serie de actos designados por ley. Para ser notario se requiere tener por lo menos 25 años.

Venduteros Públicos

Son quienes tienen a su cargo subastar los bienes puestos bajo el amparo de la justicia mediante embargo. Los venduteros públicos no pueden ejercer el comercio.

Médicos Legistas

Son los únicos autorizados por la ley a expedir válidamente certificados médicos. Sin embargo el tribunal tiene potestad para designar otros médicos en la realización de un peritaje o experticio.

Árbitros

También son auxiliares, que en cierta medida desplazan a los jueces ordinarios con el único requerimiento de que su laudo arbitral debe ser homologado por el Juzgado de Primera Instancia.

Otros Auxiliares

Existen otros tipos de auxiliares de la justicia como:

Abogados de oficio en los tribunales penales (jurisdicción).
Agrimensor en los tribunales de tierras.
Conservador de Hipotecas.
Registradores de Titulo.

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