¿Qué es un documento público?

Un documento público es un documento que es creado y autorizado por un funcionario o un notario público. Además, tiene que cumplir con todos los requisitos establecidos en la ley. En otras palabras, para que sea un documento público el autor tiene necesariamente que ser un notario o funcionario público. Se considera un funcionario público cuando sus actuaciones están enmarcadas dentro del límite de sus competencias y sigue las normativas o formalidades legales.

En España, el artículo 1216 del Código Civil define lo que se entiende por documento público: «documento expedido o autorizado por funcionario público competente con las solemnidades requeridas por la ley.» En Colombia, de acuerdo con la definición del Código de Procedimiento Civil (artículo 251), documento público es aquel otorgado por un funcionario público en ejercicio de su cargo o con su intervención.

Un documento público es aquel creado o emitido por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones y que tiene un carácter oficial y legal. Estos documentos pueden variar según la jurisdicción y pueden incluir:

  1. Actas Notariales: Documentos notariales como actas de matrimonio, actas de nacimiento, escrituras públicas, entre otros, certificados por un notario público.
  2. Documentos Gubernamentales: Documentos emitidos por entidades gubernamentales, como certificados de registro civil, pasaportes, permisos, licencias, entre otros.
  3. Documentos Judiciales: Incluyen sentencias, autos, notificaciones, escritos judiciales y otros documentos generados en procesos judiciales.
  4. Documentos Administrativos: Informes, certificaciones, resoluciones, actas de reuniones oficiales y otros documentos emitidos por autoridades administrativas.

Un documento es público solamente si ha sido expedido por un funcionario al que legalmente se haya atribuido la facultad de dar fe pública, y siempre que actúe en el ámbito de sus competencias, y se haya expedido con las formalidades exigidas por la ley.

Por tanto, no todos los documentos expedidos por funcionarios son documentos públicos, sino los que reúnen estas características.  Los demás son documentos oficiales, pero no públicos.

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