Carta de crédito

La carta de crédito o crédito documentario es un medio de pago emitido por una entidad solvente, generalmente un banco. La carta de crédito es independiente del contrato que dio su origen. La carta de crédito se emplea en términos generales en la compra y venta de mercancía o bienes, sin embargo, este instrumento de pago puede utilizarse en otros contratos. La carta de crédito no tiene sustento legal en las leyes estatales, por lo cual no son catalogadas como contratos sino como nueva lex mercatoria. A pesar de no existir un conjunto de leyes específicas para las cartas de crédito, las partes en un contrato de compraventa internacional, por lo general escogen incluir las normas relacionadas con “la carta de crédito” que no son leyes por sí mismas, pero se convierten en leyes para las partes una vez mencionadas en sus contratos.

Es una orden condicionada de pago que recibe un banco de pagar a un beneficiario (vendedor) por cuenta y orden de un ordenante (comprador) a través de un banco corresponsal, contra la presentación de determinados documentos de embarque o entrega de servicios.

Su finalidad es facilitar el comercio externo e interno, eliminando la desconfianza y riesgo que pudiera existir entre comprador y vendedor.

Puede complementar la información entrando a cartas de crédito y seleccionar la modalidad que se desea conocer, además obtendrá información de documentos que se solicitan así como también podrá descargar el formato.

Sujetos
  • Ordenante: es el importador o comprador de la mercancía, y es entonces quien solicita la apertura del crédito documentario e instruye al banco emisor sobre las condiciones para llevarlo a cabo. Es el obligado final a pagar, y deberá reembolsar al banco emisor cuantas cantidades o gastos anticipe éste.
  • Banco emisor: es el banco sobre el que recae la obligación principal para con el beneficiario, y el que deberá abrir el crédito documentario a favor de éste. Obra a pedido y bajo las instrucciones del ordenante.
  • Beneficiario: es el exportador o vendedor de la mercancía, y el que tiene el derecho de cobro en función del cumplimiento de las condiciones impuestas en el crédito. Es el receptor del documento que sustenta el crédito, y el que recibirá entonces una garantía de pago siempre que esté en posición de presentar la documentación requerida en los plazos correspondientes.
  • Banco Intermediario (corresponsal): según la responsabilidad que tenga, se llamará banco pagador si debe entregarle dinero a la vista al beneficiario contra el cumplimiento de sus obligaciones (pago a la vista); banco negociador, si estuviera encargado de descontar letra/s al beneficiario contra el cumplimiento de sus obligaciones (pago diferido); banco aceptador, si acepta la/s letra/s del beneficiario para pagárselas al vencimiento o; banco avisador, si sólo actúa notificando al beneficiario, de la apertura del crédito a su favor. Los usos y costumbres hacen que el banco corresponsal pueda investir la figura de más de un sujeto, por tener responsabilidades diferentes (por ejemplo, puede ser banco avisador y banco negociador a la vez).

¿Cuáles son los tipos de Cartas de Crédito?

  • Carta de crédito de importación/doméstica.
  • Carta de crédito de exportación.
  • Carta de crédito stand-by.
  • Garantías a primer requerimiento.
  • ¿Cómo funciona la carta de crédito?

    La carta de crédito funciona como una instrucción que el banco del importador da al banco del exportador, garantizando así el pago al exportador por adelantado. Sin embargo, este requiere en primer lugar que ambas partes cumplan algunos requisitos. Es el comprador el que normalmente da forma a estos términos y condiciones que habitualmente incluyen:
    • Puerto de origen y destino
    • Modos de transporte
    • Naviera
    • Descripción de las mercancías, incluyendo descripciones técnicas (si es necesario)
    • Cantidad de las mercancías
    • Documentos requeridos
    • Detalles del consignatario o consignee
    • Detalles del notify o persona/figura que recibirá las notificaciones
    • Fecha límite en la que puede salir el envío

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