Concurso de acreedores

El concurso de acreedores es un procedimiento judicial que tiene lugar cuando una persona o empresa se ve imposibilitada para hacer frente a los pagos pendientes, es decir, cuando no puede pagar sus deudas. El objetivo del concurso de acreedores es organizar las finanzas del concursado para conseguir que el mayor número de acreedores cobren la máxima cantidad de dinero posible.

El concurso de acreedores es el procedimiento judicial por el cual se procura que un deudor en situación de insolvencia haga frente, en la medida de sus posibilidades, a sus deudas. En función del número de acreedores y del importe de los créditos contra el deudor insolvente, el cobro de la totalidad de las deudas puede ser imposible.

El concurso de acreedores establece un mecanismo de satisfacción de deudas. Pero también opera como una solución de segunda oportunidad y como una herramienta de protección social.

  • Como mecanismo de satisfacción de deudas garantiza que los múltiples acreedores cobren en igualdad de condiciones. Este principio es el llamado par conditio creditorum, e impide que el primero en reclamar perjudique las expectativas de cobro del resto.
  • Como solución de segunda oportunidad se orienta a la continuidad de la actividad económica. Se trata de prevenir así el impacto social que puede tener la quiebra de una empresa.
  • Como herramienta de protección social hace prevalecer el cobro de determinados créditos. Así, los trabajadores y la Administración Pública gozan de cierta prioridad, que merma la lesión derivada de la insolvencia. También los bancos respecto de las hipotecas.

Tipos de solicitud del concurso

Existen dos tipos de solicitud:
  • Solicitud voluntaria: cuando es realizada por la persona física o la persona responsable de la sociedad en el caso de las empresas. En estos casos, el empresario individual o societario es quién, al tener conocimiento de la posible quiebra de la empresa o de una situación de insolvencia aún no declarada, tiene la obligación de presentar la solicitud del concurso en un plazo máximo de dos meses. Si se admite a trámite será un concurso voluntario. De no solicitarlo se expone a pena de multas o incluso de imputaciones penales ya que el juez puede pensar que la quiebra fue provocada para fines ilícitos.
  • Solicitud forzosa: cuando el concurso de acreedores es fruto de un requerimiento de un acreedor o de alguno de los socios de la empresa, generalmente disconforme con la dirección. Un juez tramitará la solicitud de concurso de acreedores y decidirá si se aprueba o no.
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