El Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Respuesta ante Desastre (SN-PMR), de acuerdo con la ley núm. Ley 147-02, es el conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha de los objetivos de gestión de riesgos contenidos en la ley núm.. Este Sistema Nacional de carácter abierto, dinámico y funcional estará integrado por los siguientes componentes:
1. Las entidades públicas y privadas responsables de actividades relacionadas con la reducción de riesgos o la preparación, reacción y rehabilitación en caso de desastre;
2. Las organizaciones comunitarias y no gubernamentales cuyas acciones en materia de riesgos y desastres están relacionadas con la prevención, mitigación, atención y recuperación de la población;
3. Las entidades públicas y privadas que realicen actividades de producción de información, investigación científica y desarrollo tecnológico en el campo del análisis y la reducción del riesgo;
4. Los medios de comunicación a través de los cuales se suministra información pública;
5. Las fuentes y recursos económicos para la gestión de riesgos;
6. Los principios y orientaciones generales contenidos en la Constitución de la República, en esta ley y en la reglamentación que se desarrolle;
7. La legislación específica actual sobre el tema que no se derogue por esta ley y la que se desarrolle en virtud de ella misma;
8. Los reglamentos que el gobierno nacional determine para la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Respuesta ante Desastres de acuerdo con las necesidades del país.
Objetivos del Sistema Nacional
Son objetivos del Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Respuesta ante Desastres, los siguientes:
1. Reducción de riesgos y la prevención de desastres;
2. Socialización de la prevención y mitigación de riesgos;
3. Respuesta efectiva en caso de emergencia o desastre;
4. Recuperación rápida y sostenible de áreas y poblaciones afectadas.
Funciones del Sistema Nacional
Son funciones del Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Respuesta ante Desastres, las siguientes:
1. Integrar los esfuerzos públicos, privados y comunitarios para garantizar un manejo oportuno y eficiente de todos los recursos humanos, técnicos, administrativos y económicos que sean indispensables para la prevención mitigación y respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante las situaciones de emergencia o desastre;
2. Coordinar las actividades de todas las entidades públicas, privadas y comunitarias en materia de gestión de riesgos de acuerdo con sus responsabilidades y funciones;
3. Instalar y consolidar las redes, procedimientos y sistemas de detección y alerta de fenómenos peligrosos para su vigilancia y aviso oportuno a la población;
4. Realizar estudios de evaluación y análisis de riesgo, teniendo en cuenta las amenazas naturales, tecnológicas o provocadas por el hombre a que está sometido el país y la vulnerabilidad de los asentamientos humanos expuestos;
5. Desarrollar y mantener actualizado un sistema integrado nacional de información que sirva de base de conocimiento de las instituciones y la población en general para el desarrollo de planes, programas y proyectos de prevención y mitigación de riesgos y de preparación para la respuesta en caso de desastre;
6. Realizar divulgación e información pública en relación con la gestión de riesgos y para la reacción y comportamiento adecuado de la comunidad en caso de desastre;
7. Incorporar criterios de gestión de riesgos en la planificación y en particular, medidas preventivas de seguridad en los planes de ordenamiento territorial y de desarrollo económico y social;
8. Identificar los asentamientos humanos localizados en zonas de riesgo y realizar el manejo y tratamiento de los mismos con fines de prevención;
9. Articular la política ambiental y la de gestión de riesgos, con el fin de que la gestión ambiental preventiva contribuya a la protección del ambiente y a la reducción de riesgos;
10. Diseñar mecanismos eficientes para la coordinación y orientación de procesos de reconstrucción y recuperación sostenible;
11. Desarrollar y actualizar planes de emergencia y contingencia para la preparación, respuesta y rehabilitación de la población en caso de
desastre;
12. Establecer medidas de protección y contingencia en obras de infraestructura del sector público y privado que garanticen su seguridad y
funcionamiento inmediato en caso de emergencia;
13. Fortalecer las entidades operativas de emergencia encargadas de dar respuesta inmediata en caso de desastre, con el fin de mejorar su
efectividad y eficiencia;
14. Incorporar los conceptos de gestión de riesgos en la educación formal, desarrollando actividades con las entidades de educación, tanto del sector público como privado;
15. Desarrollar un sistema de capacitación en gestión de riesgos de funcionarios de las instituciones y de la comunidad;
16. Fortalecer el desarrollo institucional en materia de gestión de riesgos de las entidades nacionales responsables;
17. Fortalecer el desarrollo institucional y la capacitación en gestión de riesgosa nivel de las provincias y municipios para lograr un proceso
descentralizado de la prevención, mitigación y respuesta ante desastres;
18. Fortalecer la participación ciudadana en materia de gestión de riesgos e impulsar las organizaciones de la sociedad civil relacionadas con la reducción de riesgos y la preparación para emergencias;
19. Cualquier otra función que se establezca por medio de leyes, decretos y reglamentos.
Las funciones del Sistema Nacional serán asignadas a las diferentes instituciones del sector público y de la sociedad civil y serán definidas en el Plan Nacional de Gestión de Riesgos que será adoptado y actualizado mediante los reglamentos de aplicación de esta ley.
Instancias de coordinación del Sistema Nacional
El Sistema Nacional de Prevención, Mitigación y Respuesta ante Desastres consta, en términos organizacionales, de varias instancias de coordinación que funcionarán de forma jerárquica e interactuante. Estas instancias son las siguientes:
1. Consejo Nacional de Prevención, Mitigación y Respuesta ante desastres.
2. Comisión Nacional de Emergencias:
A. Comité Técnico de Prevención y Mitigación de Riesgos;
B. Centro de Operaciones de Emergencias;
C. Comité Operativo Nacional de Emergencias;
D. Equipo Consultivo.
3- Comités Regionales, Provinciales y Municipales de Prevención, Mitigación y Respuesta ante Desastres.
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