Blog

Procedimiento abreviado de extinción de dominio

En el procedimiento abreviado se da cabal cumplimiento de las garantías del debido proceso y derecho de defensa, máxime cuando para su aplicación se requiere contar con el consentimiento del imputado y se requiere que también el ministerio público y la víctima estén de acuerdo con su aplicación.

¿Cuándo procede?

En cualquier momento durante la etapa de investigación patrimonial o judicial, previo a que se dicte sentencia, el afectado y el Ministerio Público podrán acordar un procedimiento abreviado de extinción de dominio, siempre que:
1) El afectado reconozca, de manera expresa, que sobre los bienes perseguidos concurre alguna o varias de las causales de procedencia de extinción de dominio previstas en la ley núm.155-17
2) El afectado renuncie a la defensa de sus derechos patrimoniales sobre los bienes que son objeto de la acción de extinción de dominio y, en consecuencia, consienta la aplicación de un procedimiento abreviado.

 Acuerdo y homologación

El Ministerio Público y el afectado suscribirán un acuerdo en el que se estipulen los términos y condiciones bajo las cuales se concretará el procedimiento abreviado y la declaratoria de extinción de dominio de los bienes.

 El acuerdo establecido en este artículo será homologado mediante sentencia del tribunal competente. La sentencia que homologue el acuerdo descrito anteriormente tendrá carácter de cosa irrevocablemente juzgada, por lo que no será susceptible de recursos.

Beneficios por colaboración

El acuerdo suscrito podrá permitir que el afectado que se acoja al trámite abreviado sea beneficiado con una retribución de hasta un tres por ciento (3%) del valor de los bienes que sean objeto de la acción de extinción de dominio.

En Santo Domingo, República Dominicana tenemos el equipo de abogados más completo y efectivo para asesorarle en temas de derecho civil. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S.R.L. le brindamos una sesión de asesoría jurídica exacta y oportuna. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L. evaluamos tu caso, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, conforme con la Constitución y las leyes del país. Comunicamos con lenguaje diáfano, sencillo, y oportuno, las mejores acciones y estrategias a seguir para resolver la situación o conflicto que le atañe.

Puede contactarnos a través de:
📞 829-256-6865
✉️ info@fc-abogados.com
En este blog tenemos los contenidos sobre derecho a disposición de toda la ciudadanía, aquí te mantendremos al tanto y al día con los avances en materia #legal y mucho más.

¡Pregúntanos!

En Santo Domingo, República Dominicana, contamos con el equipo legal más completo y eficaz para asesorarte. En Carlos Felipe Law Firm S.R.L., evaluamos tu caso con meticulosidad, analizando y estableciendo las posibilidades reales de éxito, siempre en concordancia con la Constitución y las leyes del país

Nos comprometemos a comunicarnos contigo de manera clara, utilizando un lenguaje sencillo y oportuno, para proporcionarte las mejores estrategias y acciones a seguir con el fin de resolver tu situación o conflicto legal

Puede contactarnos a través de:

Carlos Felipe Law Firm es litigación estratégica, resultados contundentes ante los tribunales y en derecho procesal judicial. ¡Estamos aquí para ayudarte!"

Evaluar Mi Caso
Evaluar Mi Caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

Evaluamos tu caso

Tiempo límite de respuesta: 24h

Suscríbete a Nuestro Boletín