Seguros

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¿Su compañía de seguro ha respondido como corresponde al daño del bien asegurado? ¿Le han cubierto los daños sufridos como se ha pactado y como se le ha prometido? ¿Está usted satisfecho con lo que la compañía de seguros le ofrece y la forma en se lo ofrece?

A preguntas como estas quiere dar respuesta el Derecho de Seguros en todos sus ámbitos; desde los intereses de los asegurados hasta cualquier ocurrencia de siniestros y sus respectivas reclamaciones ya sean amistosas y/o judiciales.

Existiendo así varios tipos de seguros como son: seguros de personas, seguros de vida, seguros de gastos médicos, seguros de automóviles, seguro de transporte, seguro de empresa, seguros de responsabilidad civil, endereces referentes a las instituciones del seguro, fundado en contratos, rescate de reclamos, vigilancia y control, aspectos fiscales y tributarios, interpretación de cláusulas aseguradoras, protección y administración de riesgos, así como reaseguros, cláusulas de seguros en contratos de comercio, coberturas, límites y vigencias, exclusiones, gastos no cubiertos, deducibles, privilegios, subrogación, autorizaciones y requisitos para operar en el país, comercialización transfronterizo de seguros, fusiones y adquisiciones, cesiones de cartera.

En todo siniestro para cobrar su seguro es ineludible que realice su denuncia inmediatamente después de acontecido el hecho excepto razones de fuerza mayor que lo imposibiliten.  Si sabe usted que está fuera de plazo para perpetrar su denuncia de siniestro, buena noticia, no todo está perdido  puesto, que pueden existir  razones justificadas por no haber denunciado dentro del plazo.  Ahora bien,  es preciso tener claridad con relación a la cobertura o responsabilidad de su seguro, ya que podría comprender elementos que usted desconoce y que le pueden beneficiar , tales  como la remoción de escombros, gastos de vigilancia entre otros;  que generalmente son  adicionales de la Póliza de incendio, por lo anterior y múltiples motivos más le  recomendamos  informarse debidamente por un especialista en seguros.

La compañía de seguros se obliga a responder de acuerdo con lo estipulado en póliza y solo  puede contradecir el pago por motivos debidamente justificados tales como falta de cobertura, mala fe, dolo, impago de la Póliza.

En Santo Domingo República Dominicano tenemos el equipo de abogados mas completo y efectivo al momento de reclamar al se seguro que se niega a responder su caso. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S. R. L. te brindamos completamente gratis y sin compromisos una sesión de asesoría exacta y oportuna. Para evaluar tu caso llámanos al 829 256 6865 o escríbenos a info@fc-abogados.com, También si deseas puedes chatear con nosotros aquí.

 

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