Salario social 

El salario social es el salario que se recibe de la administración pública local, territorial o estatal cuando se está desempleado y no se tiene un mínimo nivel de ingresos o los ingresos son nulos. El salario social pretende garantizar unos ingresos mínimos a los ciudadanos o familias que están en esta situación de alto riesgo de marginación, precarización y exclusión social para que dispongan de una renta mínima que les permita una supervivencia con una mínima dignidad.

El salario social, también conocido como ingreso básico, renta básica o ingreso ciudadano, es un concepto que propone proporcionar a todos los ciudadanos o residentes de un país un ingreso monetario regular, independientemente de su situación laboral o financiera.

Esta idea se centra en garantizar un nivel mínimo de ingresos para cubrir las necesidades básicas de las personas, como alimentación, vivienda y atención médica. El salario social se otorgaría sin condiciones ni requisitos específicos de empleo, y su objetivo principal es reducir la pobreza, la desigualdad económica y promover la seguridad financiera.

Derecho internacional

Cabría interpretar que el salario social puede incluirse como un derecho económico y social incluido dentro de los Derechos económicos, sociales y culturales que tienen la categoría de Derechos humanos.,

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) de 1966 establece en su artículo 7 que los trabajadores -y puede extenderse también los desempleados- tendrán:

Artículo 7 a, ii PIDESC. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que le aseguren en especial:
a) Una remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores:i) Un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie; en particular, debe asegurarse a las mujeres condiciones de trabajo no inferiores a las de los hombres, con salario igual por trabajo igual.ii) Condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias conforme a las disposiciones del presente Pacto.

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