Registro de derecho de autor.

Registro de derecho de autor

Registro de derecho de autor

En la firma “Carlos Felipe Law Firm S. R. L.” podrá encontrar un equipo de profesionales, caracterizados por su gran capacidad concerniente a todo lo relacionado en el área de “propiedad intelectual” (derechos de autor); Puede confiar el registro y la protección de su obra en la República Dominicana a nuestro equipo de abogados, puesto que, la firma cuenta con una sólida experiencia en estos casos, gracias a innumerables patentes que se han registrado bajo nuestra asesoría.

El “Derecho de Autor” se refiere a la protección jurídica que se le otorga al autor intelectual de obras literarias, artísticas o científicas. Llamamos obra a la expresión de la mente humana y que esta puede identificarse por ser original e idónea para ser popularizada o reproducida de cualquier manera, conocida o por conocer.

En República Dominicana, la legislación consagra la protección del derecho de autor y plantea cuál debe de ser el proceso para registrar un derecho de esta índole en la Ley no. 65-00 sobre Derecho de Autor, (la cual puede consultar en la pestaña “Leyes” de este sitio web). En la misma se encuentra una lista no limitativa de obras que usted como autor puede proteger, tales como obras escritas (libros, prospectos, revistas, etc.), conferencias y discursos, obras dramáticas y musicales, obras de coreografía y pantomima, composiciones musicales, obras audiovisuales, dibujos, pinturas, obras arquitectónicas, esculturas, fotografías, artes aplicadas, mapas, ilustraciones y obras plásticas relacionadas con la geografía u otras ciencias, programas de computadora y bases de datos, entre otras. Dicha Ley también protege las creaciones independientes que han sido derivadas de obras originales, tales como aquellas que han sufrido una nueva adaptación, ritmo, traducción o cualquier otra clase de transformación que tienda a modificar la obra original. Conjuntamente, también es protegida y regulada las actuaciones de los artistas, las grabaciones de los productores de fonogramas y las transmisiones de programas de radio y televisión.

La institución quien tiene a su cargo velar por la protección del derecho de autor es la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA); siempre y cuando se mantenga dentro de los términos de los tratados internacionales confirmados por la República Dominicana y la ley nacional. Del mismo modo también tiene la obligación de intervenir en los conflictos que pueden nacer entre las sociedades de autores y de llevar y conservar el “Registro Nacional de Derechos de Autor”; donde directamente se registran las obras, interpretaciones, producciones, incluyendo fonogramas y emisiones protegidas por la ley.

Ahora bien, esto no quiere decir que el derecho de autor nace con el registro, hay que tener claro que este derecho surge con la creación; pero ¿por qué registrar tal derecho si no es obligatorio? porque el derecho sobre su obra estaría expuesto a sufrir innumerables daños e incluso a ser despojado de su derecho por otra persona, es por ese motivo que es preferible registrar dicha obra, y así otorgar mayor publicidad y una protección inquebrantable a la misma. Es así que si después de ser registrada su obra, alguna persona distribuyera, reprodujera o publicara, sea ésta total o parcialmente sin el consentimiento suyo (como autor), la ley sancionaría a esta persona ya sea por imposición de multas e incluso hasta con prisión correccional.

El registro de una obra cuenta con Tres (3) pasos. El primer paso es el depósito legal, este consiste en presentar una muestra de su obra, según la obra la ley varía la forma y el número de copias a depositar, ya que, no es lo mismo un libro, un diseño, una foto, una canción o un software. El segundo paso a seguir es la solicitud por escrito, especificando quién es el autor y cuál es su obra; esto se hace a través de una instancia formal que se representará ante la Oficina Nacional de Derecho de Autor (ONDA). Y el último paso es la emisión del certificado de registro, si ONDA aprueba la obra esta procederá a emitir un certificado de registro donde en en la misma constará la existencia del nuevo derecho públicamente y el poseedor de ese derecho. La emisión de este certificado dura alrededor de 25 días laborables.

En la República Dominicana tenemos el equipo de profesionales  mas completo y efectivo al momento de reclamar sus derechos como autor. Aquí en Carlos Felipe Law Firm S. R. L. te brindamos completamente gratis y sin compromisos una sesión de asesoría exacta y oportuna. Para evaluar tu caso llámanos al 829 256 6865 o escríbenos a info@fc-abogados.com, También si deseas puedes chatear con nosotros aquí.

 

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