Qué tiempo tiene el trabajador para intentar esta demanda ?

Tiene un plazo de dos meses, a contar de la fecha de la terminación de su contrato, esto es, del día en que ejerció la dimisión (Art.701, ordinal 1:Prescriben en el término de dos meses:

1o. Las acciones por causa de despido o dimisión;

2o. Las acciones en pago de las cantidades correspondientes al desahucio y al auxilio de cesantía.

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