¿Qué es el Arrendamiento?

Arrendamiento

El arrendamiento es un contrato por el cual una de las partes, llamada arrendador, se obliga a la entrega de una cosa para que su contraparte, el arrendatario, la tenga a nombre y en lugar del dueño, use y goce de ella, pagando al arrendador un precio por el mismo.

El precio puede consistir en una suma de dinero pagada de una sola vez, o bien en una cantidad periódica, que en este caso recibe el nombre de renta. 

Naturaleza jurídica

Confiere un título de mera tenencia, porque el arrendatario no tiene la cosa con ánimo de señor y dueño, sino que reconoce dominio ajeno (del arrendador, en este caso).sea casa, autos, u objetos, etc.

Clases de arrendamientos 

El contrato de arrendamiento se puede presentar de tres especies:

Arrendamiento de cosas (locación de cosas o locatio conductio rei ): Este crea un vínculo personal, por virtud del cual puede exigir el arrendatario, el uso y disfrute de aquellas, en tanto pesa sobre él la obligación de pagar la suma convenida. 

Arrendamiento de servicios (locación de servicios o locatio conductio operarum): en este el arrendador se obliga a trabajar o prestar determinados servicios al arrendatario en forma, lugar y tiempo convenidos mediante un pago. El arrendatario está obligado a retribuir los servicios. Este tipo de contrato concluye por incumplimiento de obligaciones, por terminación de contrato o por la muerte. 

Locación de obras (locatio conductio operis): en éste contrato una persona se compromete con otra a realizar una obra o un trabajo determinado mediante el pago de un precio. Esto recae sobre el resultado de un trabajo, sobre el producto del mismo, ya acabado. Ejemplo: la confección de un traje o la construcción de una casa. 

Derechos y obligaciones que genera el arrendamiento

Derechos y obligaciones del arrendador: Aunque no se haya pactado en el contrato el arrendador está obligado a: A entregar al arrendatario la cosa arrendada con todas sus pertenencias y además de estar en buen estado para su uso convenido, así como las condiciones óptimas de higiene y seguridad del inmueble. 

A conservar la cosa arrendada en buen estado, salvo los deterioros normales por el uso que sufra el inmueble, pero haciendo todas las reparaciones necesarias tales como son: obras de mantenimiento, funcionalidad y seguridad del inmueble. 

A no estorbar el uso de la cosa, salvo en reparaciones urgentes e indispensables.

A garantizar el uso o goce pacífico de la cosa por todo el tiempo del contrato. 

A responder por los daños y perjuicios que sufra el arrendatario por los defectos o vicios ocultos de la cosa, anteriores al arrendamiento. 

La entrega de la cosa se hará en el tiempo convenido. 

El arrendador (durante el arrendamiento) no puede:
  1. a) Mudar la forma de la cosa arrendada. 
  2. b) Intervenir en el uso legítimo de la cosa arrendada, salvo en casos urgentes e indispensables.
  3. c) Si el arrendador no cumpliera con hacer las reparaciones necesarias para el uso a que esté destinada la cosa, el arrendatario tiene la opción de recurrir ante un juez para que resuelva lo que en derecho corresponda o rescindir el arrendamiento.
Derechos y obligaciones del arrendatario A satisfacer la renta en la forma y tiempo convenidos. A responder de los perjuicios que la casa arrendada sufra por su culpa o negligencia. A servirse de la casa solamente para el uso convenido o conforme a su naturaleza. A pagar la renta desde el día en que reciba la cosa arrendada, aun cuando el contrato se hubiese celebrado con anterioridad. La renta deberá ser pagada en el lugar convenido; si no se hubiese pactado, en la casa o despacho del arrendatario. Si por caso fortuito o fuerza mayor se impide totalmente al arrendatario el uso de la cosa arrendada, generalmente tendrá el derecho a no pagar la renta mientras dure el impedimento (total o parcialmente). A conservar y cuidar de la cosa arrendada. Restituir la cosa arrendada al terminar el contrato.

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