CPJ aprueba Manual de Procedimientos de la Inspectoría General del Poder Judicial

Consejo del Poder Judicial

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Como parte de los compromisos asumidos el 7 de octubre en la Cumbre Judicial Nacional, el Consejo del Poder Judicial (CPJ) aprobó el Manual de Procedimientos de la Inspectoría General de ese organismo, con el objetivo de reglamentar la inspección de los órganos jurisdiccionales y de los servicios de administración de justicia.

El Manual de Procedimientos se inscribe en el punto núm. V de los compromisos del Poder Judicial de la República Dominicana en el marco de la Cumbre Judicial Nacional 2016, el cual se refiere la integridad en la labor judicial, sistema de carrera y régimen de consecuencias.

El CPJ dispone que será aplicable a todos los tribunales, dependencias y servidores judiciales.

Mediante Resolución núm.17/2016, establece que la decisión busca proporcionar a los inspectores los criterios necesarios para la realización de las inspecciones, tanto presenciales como virtuales.

Asimismo, proporcionar criterios para la realización de inspecciones virtuales que permitan reforzar la función de prevención, mediante la detección precoz y la actuación urgente en órganos con problemas.

La medida también busca establecer pautas para un mejor control de la calidad de los servicios de justicia e incidir en el control del cumplimiento de los derechos de los ciudadanos.

El reglamento ordena verificar la información que obra en poder del CPJ sobre la actividad de los órganos jurisdiccionales y de los servicios de administración de justicia, a fin de obtener los datos necesarios para conocer su situación real.

De igual modo, controlar el grado de cumplimiento de los estándares de gestión, tanto de cantidad como de calidad.

Efectuar diagnósticos de la organización y funcionamiento de los órganos judiciales y proponer recomendaciones de mejores, encaminadas a superar las disfunciones que pudieran detectarse.

El CPJ plantea que a través de esos criterios se pretende avanzar en la mejora de la calidad de la justicia, considerada a través de parámetros establecidos, con relación a la eficacia y atención de los derechos de la ciudadanía.

“Fomentar la confianza de los organismos públicos destinatarios de las propuestas de inspección para la mejora de la justicia, a través de la transparencia, justificación, calidad y evaluación de las mismas, así como la garantía de su seguimiento, una vez establecida”, significó.

El Manual dispone proveer la necesaria coordinación entre los organismos públicos implicados en la administración de justicia, como son el Ministerio Público, Defensa Pública, los colegios de Abogados de la República, de Notarios, entre otros, detectando los problemas comunes y los aspectos mejorables relacionados con los órganos judiciales.

El reglamento trata de reunir en un único manual los procedimientos seguidos en la Inspectoría General para el cumplimiento de sus funciones, desarrollados en dos guías, y por tanto modifica el Manual de Procedimientos para el Departamento de Inspectoría, aprobado en el año 2002 por la Suprema Corte de Justicia.

Las guías tienen como finalidad, entre otras, homogeneizar el trabajo de la inspección en cuanto al procedimiento a seguir en las actuaciones de las unidades inspectoras; establecer pautas para un mejor control de la calidad de los servidores de justicia; proveer la necesaria coordinación entre todos los organismos públicos implicados en la administración de justicia, como son Ministerio Público, Defensa Pública, colegios de Notarios y de Abogados, a fin de detectar problemas comunes.

Además, facilitar la colaboración con jueces y demás servidores judiciales; ofrecer una auditoría fiable de los órganos inspeccionados, avalada por la alta cualificación y especialización de los equipos inspectores, así como una garantía de eficacia de las medidas propuestas para la mejora del servicio público.

El Manual fue aprobado por el magistrado Mariano Germán Mejía, presidente de la Suprema Corte de Justicia y del CPJ, los consejeros Víctor José Castellanos Estrella, Etanislao Radhamés Rodríguez, Fernando Fernández Cruz y Leonardo Recio Tineo.

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