Contrato de suministro

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El contrato de suministro es un acuerdo entre las partes mediante el cual una de ellas, que se denomina suministrador o proveedor, se compromete a entregar a la otra, denominada suministrado, un bien, de manera continuada y con una periodicidad determinada, para satisfacer una necesidad continua. Un contrato de este tipo recoge una serie de entregas sucesivas, duraderas, de una mercancía que debe ser idónea, y una periodicidad y puntualidad para esas entregas.

Un contrato de suministros es un acuerdo por el que un proveedor se compromete a suministrar una serie de bienes o servicios a un cliente con un precio y condiciones previamente pactados.

El diccionario panhispánico del español jurídico define el contrato de suministro como  el contrato administrativo cuyo objeto es la adquisición, arrendamiento financiero o arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles.

Funciones Su función económica consiste en satisfacer las necesidades periódicas que tiene el cliente (o suministrado) de recibir determinadas cosas muebles sin tener que estipular tantos contratos como periodos de necesidad que tenga. Por lo tanto, es un contrato
  • que elimina la pluralidad de contratos,
  • que ofrece seguridad al suministrado en cuanto a la recepción de los bienes que necesita, y
  • que permite que el suministrador pueda calcular y prever la colocación de su producción.
Contenido

El contenido del contrato suele tener por objeto cosas muebles genéricas (materia prima, agua, gas…) la calidad de las cuales se determina normalmente en el contrato mediante la descripción exacta o mediante muestras. En cuanto a la cantidad que se debe suministrar, bien puede aparecer determinada en el contrato o bien se puede dejar para una determinación posterior según las necesidades del suministrado. En este último caso, se suele fijar un mínimo y un máximo que el suministrador debe proporcionar.

Responsabilidades en el contrato de suministros

Este tipo de acuerdos conlleva una serie de responsabilidades que también conviene conocer.

  • La mayoría de países tiene normas generales relacionadas con el derecho civil o mercantil que obligan a cumplir estos contratos.
  • Además, son contratos bilaterales. Esto quiere decir que ambas partes están obligadas. El proveedor a suministrar en tiempo, calidad o forma, y el cliente a pagar según lo contratado.
  • Hay que tener en cuenta que la regulación se da tanto a nivel privado como de derecho público, especialmente si una de las partes es una Administración Pública.
  • Por otro lado, suelen acordarse formas de resolución y, en su caso, indemnizaciones por daños o perjuicios. En este sentido la jurisprudencia ha sentado las bases para hacerlo.
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