Cláusula abusiva contractual

Una cláusula abusiva o cláusula leonina, es toda cláusula contractual no negociada individualmente, cuya incorporación viene impuesta por una sola de las partes. Este tipo de cláusula o condición va en contra del principio de buena fe, y causa un grave desequilibrio en los derechos y obligaciones de las partes en perjuicio del trabajador, consumidor o una de las partes contractuales. La ley considera las cláusulas abusivas nulas de pleno derecho lo que no implica la nulidad del contrato aunque puede verse alterado sustancialmente.

Una cláusula abusiva consiste en una serie de condiciones pactadas que producen un importante desequilibrio de derechos y obligaciones en el contrato, en perjuicio del consumidor.

En palabras del Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, una cláusula abusiva es una estipulación contractual no negociada individualmente que causa un desequilibrio importante en cuanto a derechos y obligaciones derivados del contrato, en perjuicio del consumidor.

Cláusulas abusivas en los contratos

Las cláusulas leoninas o abusivas pueden afectar a cualquier condición, parte o cláusula de un contrato, ya sea contrato de trabajo, contrato mercantil, contrato de hipoteca, contrato de crédito, etc.

Las cláusulas abusivas en los contratos no tienen validez, es como si no estuvieran escritas. Las cláusulas abusivas en la contratación de préstamos hipotecarios En la contratación de préstamos hipotecarios pueden aparecer los siguientes tipos de cláusulas o condiciones abusivas:
  • Cláusulas sobre gastos de formalización de la hipotecas, cargan los gastos en comprador cuando deben pagarse por el banco.
Se refieren a los gastos de la formalización del préstamo con garantía hipotecaria (distintos a los gastos de la compraventa) que deben ser soportados por el banco o entidad financiera: En Europa, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de Luxemburgo (TJUE) sentenció que la nulidad de los gastos hipotecarios por abusivos puede ser reclamada por los afectados que deben recibir la cantidad correspondiente afectada por las cláusulas abusivas.
  • gastos u honorarios notariales (de la constitución o escritura de hipoteca)
  • gastos u honorario de registros (por la inscripción de la hipoteca)
  • tasación (requerida por el banco para valorar el riesgo del préstamo)
  • gestoría (cuando es exigida o impuesta por el banco)​
Además se pueden reclamar los gastos por los siguientes conceptos si llegara el caso:
  • gastos de cancelación de la hipoteca (cuando se termine el pago o extinga su vigencia si queramos cancelar la hipoteca, los trámites y certificación de la cancelación deben correr a cuenta del banco).
  • gastos de entrega de la certificación de extinción de hipoteca (es una obligación de la notaría emitirlo y hacerlo llegar al usuario sin coste).
  • gastos por estudios previos (son del banco ya que es quien tiene interés en hacer ese estudio)
  • gastos de abogados y procuradores (si hay juicios o reclamaciones por demora)
  • gastos por cualquier modificación del contenido de la hipoteca.
  • gastos del seguro por impagos (el banco debe pagar el establecimiento y las cuotas de este seguro ya que es el beneficiario).

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