Cédulas hipotecarias

Las cédulas hipotecarias son valores que ofrecen una rentabilidad fija a largo plazo, y que son emitidos por entidades financieras. Es decir, la persona que contrata una cédula hipotecaria recibe una rentabilidad a cambio del dinero que ha invertido en este tipo de valores. La cédula hipotecaria es un título financiero emitido por una entidad financiera en el que se reconoce una deuda u otro tipo de obligación pagando un interés Cédulas hipotecarias o una rentabilidad fija por ella y que tiene como garantía de inversión el conjunto o parte de los préstamos hipotecarios de esa entidad.
El artículo 75 de la Ley núm. 189-11, define la cédula hipotecaria como valores a largo plazo, emitidos por las entidades de intermediación financiera autorizadas a tal efecto, con la finalidad de captar recursos directamente del público para financiar préstamos hipotecarios a la vivienda y al sector hipotecario en general, los cuales a su vez constituyen su garantía, siempre que se cumpla con lo establecido en la presente ley y en el reglamento que en esta materia adopte la Junta Monetaria.

¿Quién puede emitir cédulas hipotecarias?

La emisión de estos bonos está restringida a todas las entidades de crédito oficial, cajas de ahorros y sociedades de crédito. Las entidades financieras emiten estos títulos en forma de escritura pública con el objetivo de buscar financiación, gracias al capital recibido pagarán los intereses derivados de la operación.

¿Qué tipos de cédulas hipotecarias existen?

En función de las garantías que se ofrecen podemos distinguir entre dos modalidades de cédulas hipotecarias:
  • Cédulas hipotecarias con garantía global: en este caso la garantía está compuesta por el conjunto de los préstamos hipotecarios de la entidad excepto aquellos que respaldan cédulas hipotecarias con garantía especial.
  • Cédulas hipotecarias con garantía especial: está compuesta por una parte de los préstamos hipotecarios de la entidad.

Características de la cédula hipotecaria

  • La Cédula hipotecaria se emite en escritura pública y con ella una entidad financiera busca financiación, pagando por ello un interés gracias al capital que recibe.
  • Generalmente, son títulos que se suelen amortizar en un período de 1 a 3 años.
  • Existen analistas que la consideran como un activo del mercado monetario y otros que no, ya que no son tan fácilmente convertibles en dinero si lo comparamos con un repo o una operación simultánea.
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