Apología del delito

La apología del delito se refiere a la acción de elogiar, justificar, o promover un delito o conducta delictiva. Este comportamiento puede manifestarse de diversas maneras, como la difusión de ideas o mensajes que alientan, justifican o glorifican la comisión de actos criminales. En cambio, para el diccionario panhispánico del español jurídico, es un acto preparatorio del delito que consiste en la exposición, ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor, que solo es delictivo como forma de provocación y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito.

La apología del delito puede abarcar desde expresiones verbales hasta publicaciones escritas, contenido en línea, discursos públicos o cualquier forma de comunicación que exalte o incite a la comisión de acciones delictivas.

Delito

La apología del delito puede ser considerada un delito en sí mismo, castigado con multas, penas de cárcel o ambas. Este tipo de conducta suele ser tratada como un atentado contra el orden público y la seguridad, ya que puede influir negativamente en la sociedad al promover conductas ilegales.

Es importante diferenciar entre la libertad de expresión y la apología del delito. La libertad de expresión es un derecho fundamental, pero tiene límites cuando incita o promueve la violencia, el odio, el daño a otros o la comisión de delitos.

Derecho dominicano

En la República Dominicana, la apología del delito está contemplada en el Código Penal Dominicano. Se refiere a la acción de realizar apología o propaganda en favor de los delitos o de sus autores.

El artículo 369 del Código Penal Dominicano establece lo siguiente:

«El que hiciere apología de un delito o de su autor, o justificare o negare un delito que merezca pena privativa de libertad, será castigado con la pena de seis meses a dos años de prisión y multa de quinientos a mil pesos dominicanos.»

Este artículo establece sanciones para aquellas personas que promuevan, justifiquen o nieguen la comisión de delitos que merezcan penas de prisión, imponiendo penas de prisión de seis meses a dos años, junto con una multa económica que puede variar entre quinientos a mil pesos dominicanos.

Es importante mencionar que esta disposición busca prevenir la promoción de conductas criminales o la justificación de actos delictivos, lo cual puede tener un impacto negativo en la sociedad y en el mantenimiento del orden público.

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